Todos los pasajes son extractos de Tablas no traducidas anteriormente.
1. ¡Oh Zayn! Contigo sea mi gloria y mi cariñosa bondad. Nada de lo que existe en el mundo del ser ha sido o será jamás digno de mención. Sin embargo, si una persona fuera bondadosamente favorecida para ofrecer el valor de una pizca - incluso menos- en el sendero de Dios, ello sería a su vista preferible y superior a todos los tesoros de la tierra. Es por esta razón que el único Dios verdadero - exaltada sea su gloria- ha elogiado en sus Escrituras celestiales a aquellos que observan sus preceptos y ofrecen su riqueza por amor a Él. Suplica a Dios para que permita a cada uno cumplir la obligación del Huqúq, pues el progreso y la promoción de la Causa de Dios dependen de los medios materiales. Si sus fieles servidores pudieran darse cuenta de cuán meritorias son las acciones benevolentes en estos días, se levantarían todos para hacer lo correcto y conveniente. En su mano está la fuente de autoridad, y Él ordena como desea. El es el Soberano Supremo, el Bondadoso, el Justo, el Revelador, el Todo Sabio.
2....El único Dios verdadero - exaltada sea su gloria siempre ha sido y continuará siendo exaltado por encima de toda expresión de alabanza, y está santificado del mundo de la existencia y de todas las riquezas que en él existen. Todo lo que procede de ti produce un fruto cuyos beneficios revierten a los mismos individuos. Dentro de poco percibirán la verdad de lo que la Lengua de Grandeza ha pronunciado anteriormente y pronunciará en adelante. Y tales beneficios aumentarán ciertamente si el Huqúq se ofrece con la más radiante alegría y en un espíritu de perfecta humildad y sumisión.
3. Ruega al único Dios verdadero para que permita a sus fieles sirvientes cumplir con aquello que conduce al bien de este mundo y el mundo venidero. Este es el mandamiento de Dios que ha sido prescrito en su importante e inviolable Libro. Hoy es el Día de Dios, en que debe darse prioridad a la preservación de la dignidad de su Causa sobre todas las demás cosas. Él ordena aquello que conferirá beneficio a la humanidad. Verdaderamente, Él es el Compasivo, el Todo Bondadoso. A este respecto la Pluma de Gloria ha revelado aquello que permitirá a todo hombre perspicaz inhalar la fragancia de su amorosa bondad y munificencia. En verdad, los beneficios resultantes del mencionado mandato revierten a los mismos individuos. De ello dará testimonio toda persona perspicaz que observe sus preceptos.
4. Incumbe a todos cumplir la obligación del Huqúq. Las ventajas obtenidas de esta acción revierten a los individuos mismos. Sin embargo, la aceptación de los ofrecimientos depende del espíritu de alegría, camaradería y contento que manifiesten las almas rectas que cumplen este mandato. Si tal es la actitud, su aceptación está permitida y no de otro modo. Verdaderamente tu Señor es el Suficiente, el Todo Glorioso.
5. ¡Oh Zayn! Aquellas almas que obedecen el mandato de Dios prescrito en el Libro se consideran de suprema excelencia en la estimación de Dios. No puede haber duda alguna de que cualquier cosa revelada desde el cielo del mandamiento divino lo es por virtud de su sabiduría y es para el mayor beneficio de las personas mismas. Por otra parte, aunque estas cantidades insignificantes no son dignas de mención, son bien gratas, pues los donantes las ofrecen por amor a Dios. Aunque el ofrecimiento no sea más que un solo grano, se considera la gloria suprema de todas las cosechas del mundo.
6. Es claro y evidente que el pago del Derecho de Dios conduce a la prosperidad, a la bendición, al honor y la protección divinas. Benditos aquellos que comprenden y reconocen esta verdad y ¡ay de aquellos que no creen! Y ello es a condición de que el individuo observe los mandamientos prescritos en el Libro con la alegría más radiante y aquiescencia sincera. Aquel que presta oído a este llamado se beneficia a sí mismo, y aquel que deja de hacerlo causa su propia pérdida. Verdaderamente, nuestro Señor de Misericordia es el Todo Suficiente, el Todo Alabado.
7. El Huqúqu'lláh es ciertamente una gran ley. Incumbe a todos hacer este ofrecimiento, puesto que es la fuente de gracia, de abundancia y de todo bien. Es una merced que permanecerá con cada alma en cada mundo de los mundos de Dios, el Todo Poseedor, el Todo Misericordioso.
8. En cuanto a la cuestión del Huqúq: no se permite hacer referencia a esta materia en modo alguno. Les hemos impuesto anteriormente a usted y a Jináb - i- Amín aquello que redundará en gloria y dignidad de la Palabra de Dios y de su Causa. En relación a este asunto en particular hemos declarado lo siguiente:
Podéis renunciar al mundo entero, pero no debéis permitir la detracción de una pizca o ápice de la dignidad de la Causa de Dios. Jináb- i-Amín - con él sea mi gloria- debe también abstenerse de mencionar esta cuestión, pues depende por completo de la buena voluntad de los individuos mismos. Ellos conocen bien el mandamiento de Dios y están familiarizados con lo que fue revelado en el Libro. El que quiera que lo observe, y el que quiera que lo ignore. Verdaderamente, tu Señor es el Auto Suficiente, el Todo Glorificado. En verdad, la independencia de todas las cosas es como una puerta de guía para sus fieles servidores. Benditos aquellos que se han desprendido del mundo y se han levantado para servir a su Causa. En verdad, ellos se cuentan entre la gente de Bahá en la corte de su resplandeciente Belleza.
9. ¡Oh Abu'l Hasan1! ¡Sobre tí descanse mi Gloria! Fija tu vista en la gloria de la Causa. Habla aquello que atraiga a los corazones y las mentes. Exigir el Huqúq no está permitido de ningún modo. Este mandamiento fue revelado en el Libro de Dios para que algunos asuntos necesarios ordenados por Dios estén condicionados a los medios materiales. Por lo tanto, si alguien, con el mayor placer y alegría, es más, con insistencia, desea participar de esta bendición, puedes aceptar. De otro modo, no se permite la aceptación.
10. Si una persona adquiere cien mithqales2 de oro, diecinueve mithqales pertenecen a Dios, el Creador de la tierra y el cielo. Prestad atención, oh gente, no sea que os privéis de esta gran bendición. Hemos prescrito esta ley para vosotros, al tiempo que somos totalmente independientes de vosotros y de todos los que están en el cielo y en la tierra. Ciertamente, se encuentran escondidos en este mandamiento misterios y beneficios que están más allá de la comprensión de cualquiera, salvo Dios, el Omnisapiente, el informado. Di: mediante este mandato Dios desea purificar vuestras posesiones y permitiros acercaros a estados a los que nadie puede llegar, excepto aquellos que a Dios plazca. Verdaderamente, Él es el Generoso, el Misericordioso, el Bondadoso.
¡Oh pueblo! No actuéis con falsedad en la cuestión del Huqúqu'lláh y no lo desatendáis excepto con su permiso. Así ha sido ordenado en sus Epístolas, lo mismo que en esta gloriosa Tabla.
"Aquel que trate deshonestamente con Dios será en justicia descubierto y sobre aquel que cumpla las cosas que le han sido ordenadas descenderán divinas bendiciones desde el cielo de la bondad de su Señor, el Otorgador, el Bondadoso, el Generoso, el Antiguo de los Días. Verdaderamente, ti desea para vosotros las cosas que os son inescrutables actualmente, aunque las gentes mismas las descubrirán enseguida cuando sus almas emprendan su vuelo y sean enrollados los adornos de sus diversiones terrenales. De esta forma os previene el Autor de la Tabla Preservada.
11. Pregunta: Se ha revelado el pago del Huqúqu'lláh en el Aqdas. ¿Se encuentran la residencia, sus dependencias y el mobiliario necesario entre las posesiones sobre las que es pagadero el Huqúq?
Respuesta: Se ha dicho en las Leyes reveladas en persa: "...en esta suprema Dispensación hemos eximido la residencia y los enseres domésticos, esto es, enseres que son necesarios".
12. Pregunta: ¿Debe pagarse Huqúq sobre materiales de una tienda que son necesarios para la administración del negocio, o son tales materiales tratados al igual que los enseres domésticos?
Respuesta: Están bajo la misma consideración que los enseres domésticos.
13. Pregunta: Si el fallecido ha dejado el Huqúq o sus deuda insatisfechas, ¿debe el pago hacerse proporcionalmente a su residencia, ropa personal y otras propiedades, o deben separarse la residencia y la ropa personal para la descendencia masculina, y pagarse la deuda sobre la propiedad restante? Si dicha propiedad es insuficiente, ¿qué debe hacerse con las deudas?
Respuesta: Las deudas y el Huqúq se pagarán de la propiedad restante; si la propiedad es insuficiente el pago se sufragará de la residencia y de la ropa personal.
14. Pregunta: Se ha revelado en las Tablas divinas que, si una persona adquiere el equivalente de diecinueve mithqales de oro, debe pagar el Derecho de Dios sobre esa suma. ¿Qué cantidad de esa suma debe pagarse?
Respuesta: Dios ha ordenado que se paguen diecinueve de cada cien. Esta debe ser la base del cómputo. Puede entonces determinarse la suma debida sobre diecinueve.
15. Pregunta: Cuando las posesiones exceden diecinueve, ¿deben igualar otros diecinueve antes de que deba pagarse el Huqúq o es el Huqúq pagadero sobre cualquier suma en exceso de diecinueve?
Respuesta: El Huqúq no es pagadero sobre cualquier suma en exceso de diecinueve, a menos que asciende a otros diecinueve.
16. Pregunta: Si una persona tiene, por ejemplo, cien túmanes3, paga el correspondiente Huqúq, pierde la mitad en transacciones malogradas y más tarde regana la cantidad sobre la que es pagadero el Huqúq, ¿debe ofrecer el Huqúq o no?
Respuesta: En este caso, igualmente, el Huqúq no es pagadero.
17. Pregunta: Si tras el pago del Huqúq, se pierde la suma original por completo y después vuelve a ganarse en el curso de transacciones comerciales, ¿debe pagarse el Huqúq por segunda vez?
Respuesta: En este caso, igualmente, el Huqúq no es pagadero.
18. La cantidad mínima sujeta al Huqúqu'lláh se alcanza cuando las posesiones de uno equivalen al número de Vahíd (19); cuando uno posee 19 mithqales de oro, o adquiere posesiones por este valor, después de haber deducido de las mismas los gastos anuales, el Huqúq es aplicable y su pago es obligatorio.
19. En cuanto a la cuestión que han preguntado concerniente a la cantidad mínima de propiedad sobre la cual es pagadero el Huqúq, ello fue mencionado en su exaltada y gloriosa presencia y lo siguiente es lo que la Lengua de Grandeza declaró en respuesta:
Esta materia fue revelada en el Libro Más Sagrado en conformidad con el pronunciamiento del Bayán. Más tarde, sin embargo, como muestra de sabiduría por nuestra parte, establecimos la norma según la cual la cantidad mínima de propiedad sujeta al pago del Huqúq se fija en Diecinueve. El propósito subyacente a esta ley es asegurar que la Tesorería General sea fortalecida en el futuro. Más adelante pueden proporcionarse detalles complementarios.
20. De acuerdo con lo revelado en el Libro Más Sagrado, el Huqúqu'lláh se fija en una proporción de 19 mithqales por cada 100 mithqales de oro. Esto es aplicable a posesiones en oro, plata u otras propiedades.
Por lo demás, algunos derechos han sido fijados para la Casa Universal de Justicia. No obstante, antes de su establecimiento y la aparición de sus miembros, la apropiación de tales fondos está y estará sujeta a la aprobación de Aquel que es la Verdad Eterna. Rogad a Dios - exaltada sea su gloria - que permita a la gente honrar la obligación del Huqúq, pues si todos hubieran percibido las ventajas de tal acción y desistido de retener el Derecho de Dios, los amigos de esta región no habrían experimentado ninguna dificultad.
21. Pregunta: ¿Puede una persona destinar en su testamento que algunas de sus propiedades se empleen, tras su muerte, para propósitos caritativos, aparte del Huqúq y sus otras obligaciones? ¿O no tiene derecho a nada excepto a los gastos de mortaja, transporte y entierro, siendo todo lo demás para los herederos, tal como Dios ordena?
Respuesta: La persona es libre en la disposición de sus posesiones. Si ha satisfecho el Huqúq y no está en deuda con otros, todo lo que escriba en su voluntad y testamento es aceptable. Dios le ha permitido hacer como le plazca con lo que Él le ha otorgado.
22. Un número de personas en varias regiones están actualmente iluminadas con la luz de la fe, pero con excepción de unos pocos, no han tenido todavía el privilegio de observar los mandamientos revelados desde su presencia.
Anteriormente te escribimos4 que si los amigos de ahí hubieran observado el pago del Huqúqu'lláh, la gente de esta región habría disfrutado de tranquilidad y bienestar. Antes de que esta ley fuera revelada no existía obligación por parte de ninguna alma. La Pluma de Gloria se abstuvo de revelar leyes y ordenanzas por unos años, y esto fue una señal de su gracia celestial. Si las gentes del mundo reconocieran qué beneficios inestimables producirían las ordenanzas del Todo Misericordioso, se levantarían para cumplir sus mandamientos y observarían su mandato...
La Pluma del Más Alto ha ordenado que el Huqúqu'lláh debe pagarse sobre diecinueve mithqales de oro. Esto es, el Huqúq se recauda sobre dinero que equivalga a esa cantidad. En cuanto a otras posesiones en plata o demás, es pagadero cuantas éstas equivalen a aquellos en valor, no en número. El Huqúq es pagadero solo una vez; por ejemplo si una persona adquiere mil mithqales en oro y paga el Huqúq de los mismos, el Derecho de Dios deja de ser aplicable sobre esa cantidad, excepto en relación a lo que se le acumula mediante comercio o transacción; cuando tales beneficios alcanzan el mínimo prescritos uno debe llevar a cabo lo que Dios ha decretado. Sin embargo, cuando la suma original cambia de propietario el Huqúq es de nuevo pagadero como lo fue la primera vez; en este caso debe ofrecerse el Derecho de Dios.
Suplica a Dios - magnificada sea su gloria - para que sus amados puedan tener el privilegio de obtener una porción del océano de su complacencia pues ello serviría como medio para la salvación de la humanidad, y puedan por impulso propio llevar a cabo aquello que les purificaría y les haría alcanzar vida eterna... El Punto primordial ha dicho que ellos deberían pagar Huqúqu'lláh sobre el valor de cualquier cosa que posean, pero no obstante nosotros, en esta Dispensación más grandes hemos eximido la residencia y los enseres domésticos; esto es, los enseres que son necesarios.
Has preguntado qué debe tener prioridad: el Huqúqu´lláh, las deudas del fallecido o el costo del funeral. El mandato de Dios es que el costo del funeral sea prioritarios luego el pago de las deudas y después el Derecho de Dios. En verdad, Él es el Único, que pagará debida recompensa, el Todo Remunerador, el Todo Generoso. Si la propiedad no cubre las deudas, los bienes deben distribuirse en proporción directa a cada deuda. La liquidación de las deudas es un mandamiento importantísimo establecido en el Libro. Bienaventurado aquel que asciende a Dios sin ninguna obligación para con el Huqúqu'lláh o con sus siervos. Es evidente que el Huqúqu'lláh tiene prioridad sobre todas las demás responsabilidades; sin embargo, como señal de misericordia, Aquel que es el Punto del Amanecer de la Revelación ha ordenado aquello que ha sido revelado en este Tabla por su vivificante y omnisciente Pluma.
23. Ha sido decretado por Dios que una propiedad que no es lucrativa, es decir, no produce beneficios, no está sujeta al pago del Huqúqu'lláh. Verdaderamente Él es el Ordenador, el Bondadoso.
24. El pago del Derecho de Dios está condicionado a las posibilidades financieras de uno. Si una persona no puede cumplir con su obligación, Dios en verdad le excusará. Él es el Todo Perdonador, el Todo Generoso.
Este es el Libro de Generosidad que ha sido revelado por el Rey de la Eternidad. Aquel que se adorna a sí mismo con esta virtud, se ha distinguido a sí mismo y será bendecido por el Todo Misericordioso desde su exaltado Reino de Gloria. No obstante, a pesar de su elevado rango y eminente posición, si pasara de los límites sería considerado uno de los pródigos por el Todo Conocedor, el Todo Sabio. Aferraos a la moderación. Este es el mandamiento que Aquél que es el Todo Poseedor, el Altísimo, os ha impuesto en su Libro Generoso. ¡Oh vosotros que sois los exponentes de la generosidad y manifestaciones de la misma! Sed generosos con aquellos que encontréis en manifiesta pobreza. ¡Oh vosotros poseedores de riquezas! Prestad atención, no sea que las apariencias exteriores os impidan realizar acciones benevolentes el sendero de Dios, el Señor de toda la humanidad.
Di: ¡Juro por Dios! Nadie es despreciado a los ojos del Todopoderoso por ser pobre. Más bien es exaltado si resulta ser de los que son pacientes. Benditos los pobres que son constantes en la paciencia, y ¡ay de los ricos que retienen el Huqúqu'lláh y dejan de observar lo que les es impuesto en esta Tabla Preservada!
Di: No os envanezcáis por las riquezas terrenales que poseéis. Reflexionad sobre vuestro final y sobre la recompensa por vuestras obras, establecida en el Libro de Dios, el Exaltado, el Poderoso. Bendito es el rico a quien las posesiones terrenales no han podido impedir que se vuelva hacia Dios, el Señor de todos los nombres. Verdaderamente él se cuenta entre los hombres más distinguidos ante Dios, el Bondadoso, el Todo Conocedor.
Di: El día señalado ha llegado. Esta es la Primavera de las acciones benevolentes, si fuerais de los que comprenden. Esforzaos con todas vuestras fuerzas, oh pueblo, para que podáis atraer aquello que os beneficiará verdaderamente en los mundos de vuestro Señor, el Todo Glorioso, el Glorificado.
Di: Aferraos a características meritorias y buenas acciones y no seáis de los que se quedan atrás. Corresponde a cada uno adherirse tenazmente a aquello que conduce a la exaltación de la Causa de Dios, vuestro Señor, el Poderoso, el Potente.
Di: ¿No veis acaso el mundo, sus cambios y azares, y sus colores cambiantes? ¿Por qué pues os satisfacéis con él y con las cosas que contiene? Abrid los ojos y sed de los que están dotados de visión. Se acerca rápidamente el día en que todas estas cosas se habrán desvanecido rápido como el relámpago, más rápido incluso. De esto da testimonio el Señor del Reino en esta Tabla maravillosa.
Si fueras transportado por el éxtasis inspirador de los versos de Dios, darías gracias a tu Señor y dirías: "Alabanzas te sean dadas, ¡Oh Deseo de los corazones de quienes se apresuran para reunirse contigo!". Regocíjate, entonces, con suprema alegría, por cuanto la Pluma de Gloria se ha vuelto hacia tí y ha revelado en tu honor aquello que las lenguas de la creación y las lenguas de la trascendencia son impotentes para describir.
26. Aquellos que han mantenido sus promesas, satisfecho sus obligaciones y cumplido sus compromisos y votos, ofrecido el Fideicomiso de Dios y su Derecho a Él, éstos se cuentan entre los ocupantes del más alto Paraíso. Así les anuncia el Agraviado esta buena nueva desde su poderosa Prisión. Benditos los siervos y siervas que han realizado sus acciones y bendito el hombre que se ha aferrado tenazmente a actos dignos de alabanza y cumplido con aquello que se le impone en el Libro de Dios, el Señor de los mundos.
27. Durante unos años el Huqúq no era aceptado. ¡Cuán numerosos los ofrecimientos que al llegar a nuestra presencia fueron devueltos a los donantes, puesto que no eran necesarios entonces! No obstante, recientemente, en vista de las exigencias de los tiempos, hemos aceptado el pago del Huqúq, aunque hemos prohibido la solicitación del mismo. Todos deben tener la mayor consideración por la dignidad de la Palabra de Dios y por la exaltación de su Causa. Si una persona ofreciera sus tesoros de la tierra a costa de la degradación del honor de la Causa de Dios, aunque fuera incluso menor que un grano de mostaza, tal ofrecimiento no sería permisible. Todo el mundo ha pertenecido y pertenecerá siempre a Dios. Si una persona ofrece el Huqúq espontáneamente con la más radiante alegría, será aceptable, pero no de otro modo. El beneficio de tales acciones revierte sobre los mismos individuos. Esta medida ha sido ordenada en vista de la necesidad de los medios materiales, pues "Dios es contrario a poner algo en efecto excepto a través de sus medios". Así pues, se dieron instrucciones para recibir el Huqúq.
28. Bienaventurados aquellos que han cumplido sus obligaciones respecto al Derecho de Dios y han observado lo que está prescrito en el Libro... El pago del Huqúq está establecido de manera concluyente en el Libro de Dios; sin embargo por unos años se había prohibido recibirlo. Más tarde, no obstante, a la vista de ciertas consideraciones y con el fin de poner en orden algunos asuntos esenciales, se concedió permiso para aceptar tales pagos. Verdaderamente Él es el Ordenador, el Compasivo, el Perdonador, el Bondadoso.
29. En cuanto al Huqúqu'lláh: Este es la fuente de bendiciones, y el origen de la amorosa bondad de Dios y su amor compasivo derramado sobre el hombre. En verdad, Él puede prescindir de cualquier cosa que existe o existirá. Hasta hace dos años la cuestión del Huqúq había estado oculta. Cuando fue revelado lo fue por virtud de su gracia. Si una persona tiene el privilegio de cumplir lo que está prescrito en el Libro Más Sagrado, de seguro será mejor para él y para su mayor beneficio. Sin embargo, la observancia de este mandamiento depende de las circunstancias de uno. Verdaderamente nosotros hablamos la verdad y guiamos rectamente.
30. Has escrito en relación a la cantidad mínima de propiedad sobre la que debe pagarse el Huqúqu'lláh. Esto es según se le ha expuesto a Jináb- i- Zaynu'l Muqarrabín, con él sea la gloria del Más Glorioso. La suma mínima sujeta al Huqúq está basada en el número Diecinueve, de acuerdo con el texto del bendito Libro Más Sagrado. En él se hace referencia a la cantidad de Huqúq a pagar y no a la suma mínima sobre la que debe pagarse el Huqúq. Verdaderamente Él es en Exponente tanto en el Principio como en el Fin. Hasta el presente año no se había hecho mención del Huqúqu'lláh. Esto es, este siervo5 no había oído una sola palabra pronunciada por la Lengua de Santidad indicativa del pago del Huqúq. Sin embargo, en este año6 su decreto obligatorio ha sido puesto en vigor y su mandamiento ha resplandecido sobre el horizonte de la Revelación divina. De este modo, a quienquiera que esté dispuesto a ofrecer el Huqúqu'lláh espontáneamente y en un espíritu de radiante aquiescencia, le será bondadosamente aceptado. Los Fideicomisarios deberían recibir estos ofrecimientos y, tal como ha sido instruído, notificarlo a su Santa Presencia. A pesar de que el Libro Más Sagrado había sido revela-dé hace algunos años, y el mandato concerniente al Derecho de Dios claramente expuesto en él, no se concedió permiso autorizando el recibo del Huqúq hasta este año. Verdaderamente Él es el Ordenador, el Omnipotente, el Clemente, el Más Exaltado.
31. Tu intención de efectuar una visita a la bendita Casa es aceptable y grata a la vista de este Agraviado, siempre que sea realizada en un espíritu de radiante alegría y no resulte contrario a los dictados de la sabiduría.
Di: ¡Oh pueblo! El primer deber es reconocer al único Dios verdadero -magnificada sea su gloria - ; el segundo es mostrar constancia en su Causa y, después de éstos, el deber de uno es purificar las riquezas propias y posesiones terrenales de acuerdo con lo prescrito por Dios. Por lo tanto, te corresponde cumplir tu obligación para con el Derecho de Dios primero y luego dirigir tus pasos hacia su bendita Casa. Esto ha sido traído a tu atención como una muestra de favor.
32. Aquel que reciba el privilegio de pagar el Derecho de Dios será contado entre aquellos que han observado las ordenanzas del único Dios verdadero - magnificada sea su gloria - y han cumplido lo establecido por la Pluma Todo Gloriosa.
Una y otra vez hemos escrito y ordenado que nadie debería solicitar tal pago. El ofrecimiento de toda persona que voluntariamente dona el Huqúqu'lláh con la mayor alegría y placer puede aceptarse; de otro modo la aceptación no era ni es permisible. A aquellos que son inconscientes de su deber debería recordárseles brevemente. Las acciones deben realizar-se con complacencia y en todas circunstancias se debe dar gran consideración a la dignidad de la Causa de Dios. Anteriormente hemos mencionado que si una persona poseyera el mundo entero y ofreciera sus posesiones a costa de la degradación del honor de la Causa, aunque sea en la medida de un grano mostaza, sería esencial e imperativo rehusar la aceptación de tal riqueza. Tal es la Causa de Dios, eterna en el pasado, eterna en el futuro. Benditos aquellos que actúan en consecuencia.
La ordenanza que prescribe el pago del Huqúq no es sino un favor otorgado por el único Dios verdadero - exaltada sea su gloria - y los beneficios que se originan de él recaerán en los mismos donantes. Incumbe a todos ofrecer gracias a Dios, el Más Exaltado, quien bondadosamente les ha permitido satisfacer la obligación del Huqúq. Retuvimos la Pluma durante un largo período, en el que no se promulgó ninguna instrucción a este respecto, hasta que llegó el tiempo en que los requerimientos de su sabiduría inescrutable demandaron la aceptación del Huqúq. "Dios es contrario a poner algo en efecto excepto a través de sus medios". Para alguna gente es esencial recibir ayuda, y otros necesitan atención y cuidado, pero todo esto debe tener lugar con el permiso de Dios, el que ayuda en el peligro, el que subsiste por sí mismo.
33. ¡Oh tú que llevas mi nombre! Dios permita que todos sean generosamente ayudados para honrar el Huqúq. El Huqúq está exclusivamente asignado a Aquel que es la Verdad soberana pero, tal como sabéis, hay actualmente muchos individuos diligentemente ocupados en el servicio de la Causa en varias regiones que no pueden ganarse la vida. Y puesto que Dios ha condicionado el logro de cualquier cosa a los medios materiales, el mandato que prescribe el pago del Huqúq ha sido revelado desde el cielo de su Voluntad, y los beneficios que se desprenden de esta acción recaerán en los mismos donantes.
34. En este día incumbe a todos servir a la Causa de Dios, al tiempo que Aquel que es la Verdad Eterna - exaltada sea su gloria - ha hecho que el cumplimiento de cualquier empresa en la tierra dependa de los medios materiales. Por lo tanto, se le ha impuesto a cada individuo ofrecer aquello que es el Derecho de Dios.
35. Si una persona está dispuesta a ofrecer el Derecho de Dios, ese ofrecimiento debe ser recibido por los Fideicomisarios, a quienes se ha hecho referencia en el Libro de Dios. Esta ordenanza se ha revelado a la vista de ciertas consideraciones, del cielo de la divina Revelación, como una muestra de su gracia. Las ventajas producidas de ella revertirán a los mismos individuos. Verdaderamente hablamos la verdad y no hay otro Dios más que Él, el Poderoso, el Potente.
Los Fideicomisarios se encuentran en la tierra de Yá (Yazd). Quienquiera desee cumplir lo que le ha sido prescrito en el Libro puede dirigirse a ellos. Toda suma recibida por ellos será transferida. Grande es la bendición de aquellos que observan su mandato.
36. Es ciertamente un favor muy excelente, una bendición ilimitada concedida a quienquiera tenga el privilegio en este día de prestar servicio a la Causa de Dios y ofrecer el Derecho de Dios, pues sus excelentes resultados y sus frutos perdurarán tanto como perdure el reino de la tierra y del cielo.
37. ¡Oh Zayn! Te incumbe rogar a Dios que bondadosamente permita a sus fieles sirvientes satisfacer la obligación del Huqúq. El mundo es efímero y la vida de uno pasajera. Por lo tanto, si uno tiene el privilegio de ofrecer aquello que es su obligación, tal acción siempre ha estado y estará más cerca de la devoción y la rectitud... Incumbe a cada uno cumplir aquello que ha sido expuesto en el Libro de Dios, exaltada sea su gloria
38. El Derecho de Dios es una obligación para todos. Este mandamiento ha sido revelado y depositado en el Libro por la Pluma de Gloria. Sin embargo, no está permitido solicitarlo o exigirlo. Si uno tiene el privilegio de pagar el Huqúq, y lo hace en un espíritu de radiante alegría, tal acto es aceptable, pero no de otro modo. Como recordatorio a los amigos, debería hacerse un llamamiento general en la reunión y esto debería ser suficiente. Aquellos que estén seguros, constantes y dotados de comprensión actuarán de manera espontánea y observarán lo que ha sido prescrito por Dios, obteniendo de esta forma el beneficio de su propia acción. Verdaderamente Dios es independiente de toda la humanidad.
El pueblo de Dios no debería afligirse. Por la rectitud de Dios, aquello que les ha sido destinado está mucho más allá de los cálculos que puedan hacer los especuladores.
39. ¡Gran Dios! En esta gloriosa Dispensación los tesoros acumulados por los reyes y reinas no son dignos de mención, ni serán tampoco aceptables en la presencia de Dios. Por el contrario, un grano de mostaza ofrecido por sus amados será ensalzado en la exaltada corte de su santidad e investido con el ornamento de su aceptación. Inconmensurablemente exaltada es su bondad, inconmensurablemente glorificada es su majestad. Y aún así, cuando un ofrecimiento era adornado con la gloria de su aceptación y comunicado por Jináb- i- Amín, el doble de esa cantidad se ordenaba pagar a los pobres y los necesitados. De esto da testimonio todo hombre imparcial dotado de entendimiento y aquellos que son fieles y dignos de confianza.
40. Los beneficios procedentes de acciones benevolentes recaerán en los correspondientes individuos. En tales asuntos una sola palabra debe bastar. Si cualquier persona ofrece el Huqúq con la más radiante alegría, manifestando un espíritu de resignación y contento, su ofrecimiento será aceptable ante Dios; del contrario, Él puede prescindir de todas las gentes de la tierra. Bienaventurados aquellos que han cumplido lo que ha sido prescrito en el Libro de Dios. Incumbe a cada uno observar aquello que Dios ha proyectado, pues todo lo que ha sido expuesto en el Libro por la Pluma de Gloria es un medio efectivo para la depuración, purificación y santificación de las almas de los hombres y una fuente de prosperidad y bendición. Felices aquellos que han observado sus mandamientos.
Cada vez que hagan referencia al Huqúq, que se limiten a una mera palabra pronunciada por amor a Dios y esto será suficiente; la coacción es innecesaria, puesto que Dios nunca ha deseado que aquellos que están ocupados en su servicio experimenten dificultad alguna. Verdaderamente Él es el Perdonador, el Misericordioso, el Clemente, el Todo Bondadoso... Ninguna acción agradable se ha perdido o se perderá jamás, pues los actos benevolentes son los tesoros guardados y la sierva que ha cumplido con su obligación en el sendero de Dios nuestro Señor, el Señor de todos los mundos... El Derecho de Dios debe pagarse siempre que sea posible y debería ofrecerse en un espíritu de radiante alegría. Aquellos que no pueden pagar serán investidos con el ornamento de su perdón.
41. En este día incumbe a todos satisfacer la obligación del Derecho de Dios, siempre que esté en su poder. Durante unos años no estaba permitido aceptar el pago del Huqúq. Recientemente, no obstante, hemos dado instrucciones para recibirlo. Por lo tanto, los amigos de esa región deberían en lo posible colectar los pagos y remitir las cantidades bien a Zaynu'l Muqarrabín -con él sea la gloria de Dios- en Hadbá (Mosul) o al Fideicomisario de Dios, en la tierra de Yá (Yazd), quienes las harán seguir. La observación de esta ordenanza ha conducido y conducirá siempre a la prosperidad, al incremento divino y a la salvación. Grande es la bendición de quien ha observado aquello que ha sido prescrito en el Libro de Dios, el Clemente, el Poderoso.
42. Y ahora, en relación con lo que has mencionado acerca del Huqúq, éste ha sido ordenado especialmente para el único Dios verdadero - exaltada sea su gloria-y debería remitirse a la corte de su Santa Presencia. En su mano está la fuente de autoridad. Él hace lo que le place y ordena lo que desea.
Puesto que has preguntado acerca de este tema, la siguiente respuesta fue revelada del cielo de su tierna misericordia.
Esta ordenanza es obligatoria para todos y mediante su observancia uno será honrado, puesto que servirá para purificar sus posesiones y le impartirá bendiciones y además prosperidad. Sin embargo, la gente ignora todavía su significado. Se esfuerzan continuamente por amasar riquezas por medios legales o ilegales con el fin de transmitirlas a sus herederos y esto nadie sabe con qué beneficio. Di: En este día el verdadero Heredero es la Palabra de Dios, pues el propósito subyacente a la herencia es la preservación del nombre y las huellas de los hombres. Es sin duda alguna claro que el transcurso de los siglos y edades borrará esos signos, mientras que cada palabra que ha fluído de la Pluma de Gloria en honor de un determinado individuo perdurará tanto tiempo como perduren los dominios de la tierra y del cielo.
43. Si la gente no hubiera retenido el Derecho de Dios, sino que hubiera pagado lo debido, o lo pagara ahora, podrían ser los receptores de la amorosa bondad de Dios. Rogamos a Dios que bondadosamente les otorgue abundancia.
44. Este Huqúq que ha sido mencionado y cuyo mandato ha provenido del horizonte de la Sagrada Tabla de Dios, tiene beneficios que son porción prescrita de los individuos mismos. ¡Por Dios! Si la gente supiera lo que ha estado oculto a sus ojos y fuera enteramente consciente del océano de misericordia que yace escondido en este mandato divino, todo el mundo ofrecería todo lo que posee con el fin de ser mencionado por Él. Bendito el hombre que ha tenido el privilegio de observar aquello que ha sido ordenado por Dios, el que todo lo conoce, el Todo Sabio...
Tal como Él ha ordenado, no le está permitido a nadie solicitar el pago del Huqúq. En el Libro de Dios se ha ordenado a todos ofrecer el Huqúq espontáneamente y en un espíritu de alegría y camaradería. Le suplico a Él, el Más Exaltado, que bondadosamente permita a todos hacer aquello que es grato y aceptable ante Él.
Y ahora, en relación a los pobres, has escrito y preguntado si es permisible pagarles del fondo del Derecho de Dios. Ello depende de si se ha otorgado permiso o no. En cada localidad donde se recibe el Derecho de Dios, deben presentarse detalles del mismo a su exaltada presencia, juntamente con un informe describiendo la posición de los necesitados. Verdaderamente Él hace lo que le place y ordena lo que desea. Si se concediera permiso general, ello conduciría a la disensión y daría lugar a problemas.
45. Es indudablemente claro y evidente que todo lo que ha sido enviado del cielo del mandamiento divino - magnificada sea su gloria- está destinado a conferir beneficios a sus siervos. La cuestión del Huqúq es altamente significativa. Ha llevado y llevará siempre al incremento divino, a la prosperidad, a la dignidad y el honor... Es obvio y manifiesto que el mundo entero está vacío de todo valor real. En numerosas ocasiones - y de esto daría testimonio cualquier persona aquí- se han enviado grandes sumas a su santa corte, pero no fueron adornadas con el ornamento de su aceptación. Ahora, sin embargo, a la vista de la concurrencia de los amigos y de los requerimientos de la época, el pago del Huqúq es aceptado. El propósito es mostrar que su aceptación no es sino una señal de favor divino y una prueba de su amorosa bondad y tierna compasión.
46. Pagar las obligaciones propias es altamente meritorio a los ojos de Dios. Sin embargo no se permite solicitar el Huqúq a nadie. Suplicad al único Dios verdadero para que permita a sus amados ofrecer lo que es el Derecho de Dios, puesto que la observancia de este mandato purificaría y protegería las posesiones de uno y se convertiría en el medio de atracción de excelentes regalos y bendiciones celestiales.
47. ¡Oh Samandar! Cuán numerosas las almas que con el mayor empeño y esfuerzo recogen un puñado de bienes mundanos y se regocijan grandemente por este hecho y, sin embargo, la Pluma del Más Alto ha decretado en realidad esta riqueza para otros; es decir, no está destinada a ser parte suya, o incluso puede caer en las manos de sus enemigos. Buscamos refugio en Dios de pérdida tan evidente. La vida de uno es desperdiciada; de día y de noche se aguantan dificultades y la riqueza se convierte en una fuente de aflicción. La mayoría de las riquezas de los hombres no es pura. Si siguieran lo que ha sido revelado por Dios, de seguro que no se verían privados de su gracia y en todas circunstancias estarían protegidos bajo su munificencia y bendecidos por su misericordia.
48. No puede haber duda de que cualquier cosa revelada por la Pluma Todo Gloriosa, ya sean ordenanzas o prohibiciones, confiere beneficios sobre los mismos creyentes. Por ejemplo, entre los mandatos está el del Huqúqu'lláh. Si la gente alcanza el privilegio de pagar el Huqúq, el único Dios verdadero -exaltada sea su gloria- ciertamente conferirá bendiciones sobre ellos. Además, ese pago les permitirá a ellos y a sus descendientes beneficiarse de sus posesiones. Como puedes observar, la gente pierde grandes cantidades de riquezas puesto que Dios hace que gente extraña -o los herederos, en cuya comparación los extraños hubieran sido preferibles- se apodere de sus posesiones.
La sabiduría absoluta de Dios va más allá de cualquier descripción o mención adecuada. Verdaderamente la gente ve con sus propios ojos y aún así niega; son conscientes y sin embargo pretenden no saber. Si hubieran observado la ordenanza de Dios habrían alcanzado el bien de este mundo y del venidero.
49. Es necesario que alguien haga recordar a los siervos de Dios, para que quizás pueden alcanzar el privilegio de cumplir su obligación del Huqúq, obteniendo así una sublime posición y ganando una recompensa que duraría eternamente. Los pagos para el Huqúq deberían guardarse bajo la custodia de una persona de confianza y debería enviarse un informe para que puedan tomarse medidas acordes a la complacencia de Dios.
50. La cuestión del Huqúq depende de la disposición de los individuos. Es bondadosamente aceptable el ofrecimiento de cualquier creyente verdadero deseoso de entregar el Derecho de Dios de manera espontánea y con la más radiante alegría, pero no de otro modo. Verdaderamente tu Señor es independiente de toda la humanidad. Considera lo que el Todo Misericordioso ha revelado en el Corán: "¡Oh hombres! No sois sino pobres necesitados de Dios, pero Dios es el Auto Suficiente, el Todo Alabado"7.
En todo momento uno debe tener la mayor consideración por la dignidad y el honor de la Causa de Dios.
51. Nadie debería exigir el Huqúqu'lláh. Su pago debería depender de la voluntad de los individuos, es decir de las almas que son devotas, fieles y motivadas, que hicieran sus ofrecimientos de Huqúqu'lláh en un espíritu de sincera sumisión y contento.
52. No está permitido solicitar el Huqúq. Si alguien ofrece algo por su propia voluntad, puedes aceptarlo, pero no te incumbe demandar nada de nadie. En verdad tu Señor es el Todo Bondadoso, el Más Generoso.
53. En cuanto a lo que has escrito en relación al Derecho de Dios: El mandato obligatorio de Dios está expuesto en el Libro, pero esta cuestión está condicionada a la voluntad de los mismos individuos; puesto que el único Dios verdadero - magnificada sea su gloria - ha hecho conocer a todos aquello que está ordenado en el Libro, por su misericordia que todo lo abarca.
Demandar el Huqúq nunca ha sido considerado favorablemente. Toda acción debe realizarse en un espíritu de radiante alegría. Si una persona está dispuesta a hacer su ofrecimiento con el mayor contento, se permite su aceptación; de otro modo, nuestro Señor misericordioso es independiente de toda la humanidad. En este día uno debe observar aquello que conduce a la gloria, elevación y exaltación de la Causa de Dios. Así ha hablado el Señor de la Verdad, el Conocedor de cosas invisibles...
¡Oh mi amigo! Si la gente percibiera la dulzura de los mandamientos ordenados por Dios y descubriera los beneficios que los mismos proporcionan, ciertamente todos y cada uno los llevarían a cabo con la mayor alegría e ilusión. Rogamos al único Dios verdadero que ayude a cada uno a observar aquello que para Dios es grato y aceptable. Verdaderamente, Él es el que ayuda, el que confirma, el Todo Sabio.
Ha sido ordenado que cualquier cosa que los amados de Dios ofrezcan como presente a su sagrada corte sea tratado según los deseos del donante, no sea que los corazones de los fieles y las almas de los verdaderos creyentes sean oscurecidos por el polvo del desaliento y la tristeza. Pero en el caso de presentes que se ofrecen como Huqúq, está permitido venderlos...
En todo tiempo y en todas condiciones uno debe tener gran consideración por la dignidad de la Causa. Solicitar el Huqúq no está permitido bajo ningún concepto. Puede aceptarse el ofrecimiento de aquel que desee entregar sus pagos para el Huqúq con la más radiante alegría y complacencia; del contrario, Dios es el Auto Suficiente, el Todo Alabado.
Considera lo que el Todo Misericordioso ha revelado en el Corán -exaltada es su Palabra: "Algunos se lastiman a sí mismos mediante malas acciones caritativas"8. Ciertamente cualesquiera beneficios originados por acciones dignas de elogio recaerán sobre los individuos que las han realizado. Si la gente comprendiera esta verdad, competirían entre sí en acciones benevolentes...
Podéis renunciar al mundo entero, pero no debéis renunciar siquiera un ápice a la dignidad de la Causa de Dios. Esta es la exhortación divina que ha sido inscrita en el Libro Carmesí por la Pluma del Altísimo. Benditos aquellos que actúan en conformidad...
54. Es el mandato obligatorio de Dios que en cualquier localidad aquello que se haya dispuesto o se disponga para el Huqúqu'lláh sea remitido a su santa presencia. Todas las instrucciones dadas a este respecto deberían observarse en conformidad, para el buen orden de todos los asuntos.
Es altamente halagüeño si se observa todo lo prescrito en el Libro Más Sagrado, para que todos puedan ser investidos con el ornamento del propósito del Bienamado del mundo.
55. No hay objeción a que se ponga en venta aquello que ha sido donado en nombre del Huqúq. Así proclama la Pluma Todo Gloriosa desde su noble habitación, por orden del Rey de la Eternidad.
56. Quien desee ofrecer el Huqúqu'lláh con la mayor alegría e ilusión debe pagarlo a personas dignas de confianza, como tú mismo, y obtener un recibo, para que todo lo que se lleve a cabo sea conforme a su sanción y permiso. Verdaderamente Él es el Conocedor, el Sabio.
57. Has escrito que se han comprometido a observar la máxima austeridad en sus vidas con vistas a enviar lo restante de sus ingresos a su exaltada presencia. Este asunto fue mencionado en su sagrada corte. Él dijo: Que actúen con moderación y no se impongan dificultades a sí mismos. Nos gustaría que ambos disfrutaran de una vida agradable.
58. Los pagos para el Huqúqu'lláh no pueden entregarse en manos de cualquier persona. Estas palabras han sido pronunciadas por Aquel que es la Verdad soberana. El Huqúq debería guardarse bajo la custodia de individuos de confianza y remitido a su santa corte a través de los Fideicomisarios de Dios.
59. Hay una normativa prescrita para el Huqúqu'lláh. Una vez creada la Casa de Justicia, su ley se hará manifiesta, en conformidad con la Voluntad de Dios.
60. Magnificado eres Tú, oh Señor de la creación entera. Aquel a quien todas las cosas deben volver. Con mi lengua interior y exterior doy testimonio de que Tú te has manifestado y revelado a Ti Mismo, has enviado tus señales y proclamado tus testimonios. Soy testigo de tu autosuficiencia de todo excepto de Ti Mismo y de tu santidad por encima de todas las cosas terrenales. Te suplico por la gloria trascendente de todas las cosas terrenales. Te suplico por la gloria trascendente de tu Causa y la suprema potencia de tu Palabra que otorgues tu confirmación sobre aquél que desea ofrecer aquello que Tú le has prescrito en tu Libro y observar lo que derrame la fragancia de tu aceptación. Verdaderamente Tú eres el Todo Poderoso, el Todo Bondadoso, el Todo Perdonador, el Todo Generoso.
EXTRACTOS DE LOS ESCRITOS DE 'Abdu'l-BaháTodos los pasajes son extractos de Tablas no traducidas
anteriormente, a menos que se dé la fuente de publicación.
61. Tal como ha preordenado el Origen de la Creación, el templo del mundo ha sido modelado según imagen y semejanza del cuerpo humano. De hecho uno refleja la imagen del otro, si observaras con ojo perspicaz. Esto quiere decir que, al igual que el cuerpo humano en este mundo está exteriormente compuesto de distintos miembros y órganos, siendo en realidad una entidad íntimamente integrada y coherente, de forma similar la estructura del mundo físico es como un único ser cuyos miembros y componentes están inseparablemente unidos unos con otros.
Si uno observara con ojo que descubre las realidades de todas las cosas, resultaría claro que la relación mayor que mantiene unido el mundo del ser se encuentra en la esfera de las mismas cosas creadas y que la cooperación, la ayuda mutua y la reciprocidad son características esenciales en el cuerpo unificado del mundo del ser, ya que todas las cosas creadas están íntimamente relacionadas entre sí y cada una de ellas está influenciada por la otra o se beneficia de ella, ya sea directa o indirectamente.
Considera por ejemplo como un grupo de cosas creadas constituye el reino vegetal y otro el reino animal. Cada uno de ellos hace uso de ciertos elementos del aire, de los que depende su propia vida, mientras que son esenciales para la vida del otro. En otras palabras, el crecimiento y desarrollo del mundo vegetal es imposible sin la existencia del reino animal y el mantenimiento de la vida animal es inconcebible sin la cooperación del reino vegetal. Del mismo tipo son las relaciones que existen entre todas las cosas creadas. Por lo tanto queda manifiesto que la cooperación y la reciprocidad son propiedades esenciales inherentes al sistema unificado del mundo de la existencia y sin las mismas la creación entera se vería reducida a la nada.
Al examinar la extensa gama de la creación observarás que cuanto más elevado en la curva de ascenso se encuentra un reino de la creación, más conspicuas son las señales y evidencias de la verdad de que la cooperación y la reciprocidad en los órdenes superiores son mayores que las que existen a niveles de órdenes inferiores. Por ejemplo, las señales evidentes de esta realidad son más discernibles en el reino vegetal que en el mineral y todavía más manifiestas en el mundo animal que en el vegetal.
Y así, cuando contemplas el mundo humano percibes este maravilloso fenómeno que brilla con resplandor desde todos los lados, con la mayor perfección, puesto que en este nivel las acciones de cooperación, asistencia mutua y reciprocidad no están limitadas al cuerpo y a las cosas que pertenecen al mundo material, sino que se extienden a todas las condiciones, ya sean físicas o espirituales, como las relacionadas con las mentes, pensamientos, opiniones, conductas, costumbres, actitudes, entendimientos, sentimientos u otras susceptibilidades humanas. En todas estas condiciones encontrarás estas relaciones vinculantes firmemente establecidas. Cuanto más fortalecida y extendida sea esta interrelación, más adelantará la sociedad humana en progreso y prosperidad. Ciertamente, sin estos lazos vitales le sería absolutamente imposible al mundo de la humanidad alcanzar la felicidad y el éxito verdaderos.
Considera ahora: si entre las gentes que son meramente las manifestaciones del mundo del ser este asunto significativo es de tal importancia, cuánto mayor debe ser el espíritu de cooperación y asistencia mutua entre aquellos que son las esencias del mundo de la creación, quienes han buscado el amparo de la sombra del Árbol celestial y son favorecidos por las manifestaciones de la gracia divina; y cómo deberían las evidencias de este espíritu, mediante sus esfuerzos fervorosos, su camaradería y concordia, manifestarse en todas las esferas de sus vidas interiores y exteriores, en el reino del espíritu y de los misterios divinos y en todas las cosas relacionadas con este mundo y el venidero. No puede, pues, haber duda de que deben estar incluso dispuestos a ofrecer sus vidas unos por otros.
Este es el principio básico sobre el que está establecida la institución del Huqúqu'lláh, puesto que sus ingresos están dedicados a la promoción de estos fines. Por lo demás, el único Dios verdadero siempre ha sido y continuará siendo independiente de todo fuera de Sí Mismo. De la misma forma que ha permitido que todas las cosas creadas participen de su ilimitada gracia y amoroso cuidado, Él es capaz de conferir riquezas a sus amados de los tesoros de su poder. Sin embargo, la sabiduría de este mandamiento es que la acción de dar es grata a los ojos de Dios. Considera cuán grata debe ser esta acción poderosa en su estimación que la ha atribuído a su Propio Ser. ¡Alegraos, pues, oh gentes de generosidad!
Esperamos fervientemente que en este Ciclo Más Grande los maravillosos atributos del Todo Misericordioso, mediante la bondad y las bendiciones infinitas del Reino de la Gloria, puedan encontrar expresión en las vidas de los siervos de Dios, de tal modo que los dulces aromas de los mismos derramen su fragancia sobre todas sus regiones.
Este asunto requiere más detalles, pero Nosotros lo hemos tratado brevemente.
62. ¡Oh mis amigos celestiales! Es cierto y evidente que el Incomparable siempre es alabado por su absoluta riqueza, distinguido por su merced que todo lo abarca, caracterizado por su gracia eterna, y conocido por sus regalos al mundo de la existencia. Sin embargo, de acuerdo con su inescrutable sabiduría y con el fin de usar una prueba única para distinguir al amigo del extraño, ha impuesto el Huqúq a sus siervos y lo ha hecho obligatorio.
Aquellos que han observado esta poderosa ordenanza han recibido bendiciones divinas y en ambos mundos sus rostros han brillado radiantemente y sus narices han sido perfumadas por los dulces aromas de la tierna misericordia de Dios. Una de las muestras de su consumada sabiduría es que el pago del Huqúq hará a los donantes firmes y constantes y ejercerá una gran influencia en sus corazones y almas. Además, el Huqúq se empleará para fines caritativos.
63. ¡Oh amigos de 'Abdu'l- Bahá! El Señor, como una señal de sus infinitas bondades, ha favorecido amablemente a sus siervos proveyendo que se Le presente debidamente un ofrecimiento monetario fijo (Huqúq), aunque Él, el Verdadero, y sus siervos, han sido en todo tiempo independientes de todas las cosas y Dios es verdaderamente el Todo Poseedor, exaltado por encima de la necesidad de cualquier presente de parte de sus criaturas. Este ofrecimiento monetario fijo, sin embargo, hace a la gente firme y constante y atrae hacia ellos el crecimiento divino 10.
64. En cuanto al Huqúq, que ha sido explícitamente prescrito en el Libro: Tiene como finalidad el beneficio y la prosperidad de los mismos individuos y conduce a su felicidad y constancia. Por lo demás, el único Dios verdadero ha sido y será siempre autosuficiente en todas las cosas.
65. Has preguntado sobre el Huqúq. De los ingresos anuales de uno se deducen todos los gastos del año y de lo que queda debe pagarse el 19% al Huqúqu'lláh. Así pues, una persona ha obtenido de su negocio unos ingresos de 1.000 libras. Después de deducir sus gastos anuales, digamos de 600 tendría un sobrante de 400, sobre los que es pagadero el Huqúq en una proporción del 19%. Ello equivaldría a 76, a ser ofrecidos al Huqúqu'lláh para fines caritativos.
No se exige el Huqúq sobre la totalidad de las posesiones de uno cada año. La riqueza de uno persona puede valer 100.000 libras. ¿Cómo puede esperarse que pague el Huqúq sobre esta propiedad cada año? Por ejemplo, cualesquiera que sean los ingresos que has obtenido en un año determinado, debes deducir del mismo tus gastos durante ese año. Entonces, el Huqúq será pagadero sobre lo restante. Las posesiones sobre las que se pagó el Huqúq el año previo estarán exentas de pagos futuros.
66. De manera resumida, una vez deducidos los gastos anuales, si queda todavía algún excedente, el Huqúq será aplicable a tal excedente en proporción del 19%, no estando ese excedente sujeto a otros pagos de Huqúq posteriores. Al año siguiente, sin embargo, tras los gastos anuales, si queda todavía un excedente de ingresos sobre los gastos de ese segundo año, el Huqúq será aplicable a la cantidad sobrante únicamente.
67. En cuanto al Huqúq, es pagadero sobre lo que queda después de haber deducido los gastos anuales de una persona. No obstante, cualquier dinero o posesión necesarios para producir los ingresos para la subsistencia de uno y sobre lo que se ha pagado Huqúq una vez, están exentos del Huqúq. Esta exención también se aplica a la propiedad sobre la que ya se ha pagado Huqúq y cuyos ingresos no exceden a las necesidades de uno... La destinación del Huqúq, en todo o en parte, es lícita, pero debería hacerse con el permiso de la autoridad en la Causa, a la que todos deben volverse.
68. El Huqúq se aplica sobre todo lo que uno posee. Sin embargo, si una persona ha pagado el Huqúq sobre cierta propiedad y los ingresos de esa propiedad igualan sus necesidades, tal persona no debe pagar Huqúq.
El Huqúq no debe pagarse sobre materiales y equipo agrícolas y sobre animales utilizados para arar la tierra, en la medida en que éstos sean necesarios.
69. En cuanto a la forma de pago del Huqúq: Habiendo deducido los gastos habidos durante el año, cualquier restante de ingreso derivado de la propiedad, la profesión o negocio de una persona está sujeto al pago del Huqúq.
70. En cuanto a la cuestión del Huqúq: En modo alguno debes hacer declaraciones exigiendo a una persona el pago del Huqúq. Sin embargo, si un alma devota y sacrificada, libre y espontáneamente, te ofrece algo en nombre del Huqúq o para los, pobres, puedes aceptarlo.
71. De acuerdo con el texto explícito del Libro Más Sagrado, las cantidades ofrecidas por el Huqúqu'lláh deberían ser depositadas en un lugar y desembolsadas según las necesidades. No obstante, no deberías requerir a nadie de ahí que ofrezca el Huqúq a menos que alguien esté dispuesto a hacerlo sinceramente y por voluntad propia.
72. La Bendita Belleza - que sea mi vida sacrificada por sus restos mortales- ha subrayado a través de su Palabra decisiva que en las cuestiones relativas al Huqúq debe observarse la máxima honradez. La institución del Huqúq es sagrada.
73. Un tercer requisito (para aquellos que toman consejo juntos) es la promulgación de los mandamientos divinos entre los amigos, tales como las Oraciones Obligatorias, el Ayuno, la Peregrinación, el Huqúqu'lláh y todas las demás ordenanzas.
74. Puesto que los amados de Dios en Persia se consideran amigos veteranos, es por razón del tremendo afecto que siento por ellos que sus ofrecimientos de Huqúqu'lláh son aceptados. Deben regocijarse en extremo de haber sido investidos con tal merced.
75. Da gracias a Dios, pues Él te ha permitido bondadosamente observar el mandato establecido en su Libro Más Sagrado, puesto que te has levantado para cumplir la obligación del Huqúqu'lláh y Dios ha aceptado tu excelente acción.
Sabe, además, que aquellos que con firmeza sirven al Todo Misericordioso serán enriquecidos por Él de su tesoro celestial y que el ofrecimiento del Huqúq no es sino una prueba puesta por Él a sus siervos y siervas. Así, todo creyente verdadero y sincero ofrecerá el Huqúq para que sea gastado en ayuda a los pobres, los incapacitados, los necesitados y los huérfanos, y para otras necesidades vitales de la Causa de Dios, de la misma forma que Cristo estableció un Fondo para fines benevolentes.
76. Te incumbe ofrecer gracias a Dios, puesto que Él te ha ayudado a satisfacer las obligaciones del Huqúq. Esta es una confirmación que Dios te ha otorgado. Por lo tanto, rinde alabanzas a Él por la misericordia de su divina ordenanza que está prescrita en las Epístolas de tu Señor, el Antiguo de los Días. Verdaderamente Él es el Clemente, el Bondadoso.
77. Por lo que se refiere a la donación que has ofrecido como Huqúq, la hemos recibido como si fuera un tesoro, puesto que fue entregada con profundo amor y devoción. La emplearemos pronto para su Tumba Sagrada, para que tu nombre sea de este modo inmortalizado para siempre.
EXTRACTO DE LAS DECLARACIONES DE 'Abdu'l-Bahá78. Pregunta: En relación al Huqúq, ¿significa éste una décimonovena parte de los ingresos netos o brutos de una persona? Por ejemplo, en América hay un impuesto sobre los ingresos brutos, después de ciertas desgravaciones. ¿Cómo debe calcularse el Huqúq?
Respuesta: La esencia de la explicación de 'Abdu'l-Bahá fue: Después de haber pagado todos sus gastos necesarios, el 19% de lo que queda es separado y entregado como Huqúq. Por ejemplo, si a una persona le quedan 100 piastras después de pagar todos sus gastos, 19 piastras se dedican como Huqúq a la Causa de Dios. Esto se hace al final del año, una vez calculado cuáles han sido sus gastos. Por cada 100 piastras 19 se dedican al Huqúq.
Esto lo paga una vez y después no tiene que pagar más Huqúq sobre esa suma. Eso es todo. Al año siguiente pagará sobre la cantidad que le ha quedado en su posesión una vez deducidos sus gastos y una vez deducida también la cantidad sobre la que pagó el Huqúq el año anterior.
Por ejemplo, al final del primer año a una persona le quedan 1.000 piastras después de cubrir todos sus gastos; entonces 190 piastras se toman como Huqúq. Al final del siguiente año, una vez determinados todos los gastos, pueden quedarle 2.000 piastras. Como ya ha pagado Huqúq sobre 1.000 piastras el año anterior, esta cantidad se deduce de las 2.000 y paga Huqúq sobre 1.000 piastras (o 190 piastras). Al tercer año la suma neta que posee puede ser 2.500 piastras; deduce 2.000 piastras de esa cantidad u paga el 19% de 500 piastras, o 95 piastras. Si al final del cuarto año tiene 2.500 piastras, no paga Huqúq.
Pregunta: En la deducción de nuestros gastos necesarios, ¿se consideran parte del Huqúq las contribuciones al Mashriqu'l-Adhkár, a la enseñanza y otras actividades de la Causa, o deben tomarse separadamente?
Respuesta: 'Abdu'l- Bahá contestó que el Huqúq era algo aparte e independiente de éstos y tenia prioridad. Una vez determinado este podía entonces uno ocuparse de las otras cuestiones. Sonrió y dijo que, cuando se ofrezca el Huqúq, 'Abdu'l- Bahá determinará cuánto corresponde al Mashriqu'l- Adhkár, cuanto a la enseñanza y cuanto a los necesitados, etc...
EXTRACTO DE UNA CARTA DE SHOGHI EFFENDI79. Ofrecer contribuciones para este fin (en apoyo de las actividades de la Asamblea Espiritual) es una de las necesidades apremiantes de la Causa de Dios, es considerado sumamente esencial y es de fundamental importancia. La obligación de cada Bahá'í está muy unida al pago del Huqúq
27 de febrero de 1923. Traducido del persa(A creyentes individuales, a menos que se especifique de otro modo)
80. En cuanto al Huqúqu'lláh... éste se aplica a las mercancías, propiedades e ingresos. Después de deducir los gastos necesarios, lo que queda como ganancia y se añade al capital propio es la suma sujeta al Huqúq. Cuando uno ha pagado una vez el Huqúq sobre una cantidad determinada, esa cantidad ya no está sujeta al Huqúq, a menos que pase de una persona a otra. La residencia de uno y los enseres domésticos están exentos del Huqúq... El Huqúqu'lláh se paga al Centro de la Causa.
4 de Abril - 3 de Mayo de 1927. Traducido del Persa.
81. Encontrará referencias al Huqúq en el Libro de Aqdas, del cual creo que se pueden encontrar copias manuscritas entre unos cuantos creyentes de América. Todos los asuntos no específicamente estipulados por Bahá'u'lláh deben ser referidos a la Casa Universal de Justicia.
26 de Diciembre de 192782. Por lo que respecta al Huqúq, el Guardián desea que le informe que actualmente los amigos no están obligados a pagarlo, pero que deberían ser animados a contribuir a los fondos locales y nacionales.
19 de Septiembre de 1929.83. En cuanto al Huqúq, es en realidad el 19% de los ingresos propios lo que se ha de pagar al Guardián. Pero no es obligatorio ahora.
19 de Diciembre de 1929, "Dawn of a New Day, p. 27
84. Usted preguntó acerca del Huqúq. Shoghi Effendi preferiría que los amigos de América concentraran sus recursos económicos en la terminación del Templo, más que disipar sus energías por canales que no requieren todavía atención inmediata. Cuando llegue el tiempo en que la Causa necesite la puesta en vigor de esta donación religiosa, Shoghi Effendi lo dirá y expondrá la cantidad prescrita. Las enseñanzas de Bahá'u'lláh sólo pueden ponerse en vigor gradualmente. Tiene que llegar el momento propicio si se quiere obtener el resultado deseado.
15 de Febrero de 193285. Con referencia a su pregunta acerca del "Huqúq", Shoghi Effendi desea que le informe que, a pesar de que ha sido prescrito por Bahá'u'lláh y que 'Abdu'l- Bahá se ha referido a él en su "Voluntad y Testamento", se muestra poco dispuesto a insistir sobre ello, debido a la necesidad primordial de preservar la dignidad de la Causa y también a la vista de los crecientes gastos nacionales de la Fe'7.
10 de Febrero de 193586. Relativo al tema del Huqúq, Shoghi Effendi no está dispuesto a insistir sobre él en el momento presente, en vista de las urgentes necesidades de la Causa en América. Pero cuando llegue el momento de explicárselo a los amigos, no dejará de hacerlo; basta decir por el momento que el Huqúq constituye el 19% de los ingresos de uno y no el 9% como algunos parecen pensarlo.
31 de Mayo de 1937.87. Un mithqál consiste en diecinueve nakhuds. El peso de veinticuatro nakhuds equivale a cuatro gramos y tres quintos. Los cálculos pueden hacerse sobre esta base'9.
17 de Noviembre de 193788. Concerniente a su pregunta de si los herederos a los que se transfieren la residencia principal, el mobiliario y ropas del difunto por vía de la herencia estarán exentos del pago del Huqúq o no, él dijo:
Puesto que a la residencia, al mobiliario y a los útiles del negocio se les ha concedido exención del Huqúq, de acuerdo con el Texto explícito, cuando tiene lugar una transferencia de propiedad tales posesiones continúan estando exentas.
29 de Septiembre de 1942 a la A.E.N. de Irán. Traducido del persa
89. En cuanto a las preguntas suscitadas en sus cartas: El Huqúq es una obligación de conciencia; pero el Guardián no ha creído llegado el momento para obligarla en Occidente.
24 de Mirza de 194590. Grande es la recompensa que Dios ha ordenado para las almas devotas y verdaderas, los seres puros y desprendidos que espontáneamente han legado una porción de sus posesiones terrenales a la Causa de Dios, ya sea en vida propia o por medio de sus testamentos, y han tenido el privilegio y el honor de satisfacer sus 'obligaciones para con el Huqúqu'lláh.
23 de Junio de 1945. Traducido del persa91. El Guardián no desea de momento entrar en el tema del Huqúq; pero el principio general es que una vez lo ha pagado usted sobre su capital no tiene que pagarlo de nuevo
28 de Julio de 194692. El pago del Huqúq es una obligación espiritual; los amigos no deben ser obligados por las asambleas a pagarlo, pero deberían ser alentados a cumplir esta obligación espiritual impuesta sobre ellos en el Aqdas.
12 de Octubre de 1946 a la A.E.N. de India93. El Huqúq debe pagarse al Guardián por los creyentes individualmente; sin embargo, en vista de las muchas demandas financieras del trabajo que los creyentes están realizando, él no ha creído oportuno insistir sobre este punto. Son libres de hacer como quieran en esta materia; más adelante, cuando llegue el momento, él les explicará en detalle los pormenores de este tema.
27 de Mirza de 194994. El Huqúq es en el momento presente lo mismo que el Fondo Internacional y por lo tanto le envío un recibo que hace constar que es para los intereses internacionales de la Fe.
8 de Junio de 194795. En cuanto al Huqúq: es el pago del 19%, no de una décimonovena parte. La interpretación de George Latimer era correcta.
4 de Octubre de 1950(A creyentes individuales a menos que se especifique de otro modo)
96. Puesto que, de acuerdo con el mandato del Libro, el Huqúqu'lláh ha sido designado como una de las instituciones de la Causa y, ya que el cumplimiento de este deber es obligatorio para la gente de Bahá, se considera apropiado que su Asamblea Espiritual familiarice a los queridos amigos en Persia con el significado de esta responsabilidad trascendental y promulgue gradualmente entre toda la comunidad las ordenanzas relativas del Huqúqu'lláh establecidas en su perspicuo Libro. Evidentemente, con arreglo a los Textos explícitos, la demanda del Huqúqu'lláh no está permitida, pero es la responsabilidad de aquellos Fideicomisarios de la Causa dirigir llamamientos de carácter general a los queridos amigos, para que conozcan mejor esta obligación esencial. Quiera Dios que mediante los recordatorios ocasionales dirigidos por su Asamblea obtengan el privilegio y el honor de cumplir esta benevolente acción -una acción que atrae bendiciones celestiales, sirve como medio para la purificación de las posesiones terrenales de los amigos devotos y promueve las actividades internacionales de la gente de Bahá.
Se le ha pedido a la Mano de la Causa de Dios Dr. Alí- Muhammad Vargá, Fideicomisario del Huqúqu'lláh, que siempre y cuando sea aconsejable designe algunos representantes para el Huqúqu'lláh en varias ciudades, provincias y países vecinos, para facilitar el ofrecimiento del Huqúqu'lláh a los amigos de estas regiones.
Es evidente para aquellos Fideicomisarios del Misericordioso que este Cuerpo, por virtud del Texto explícito de las Escrituras Sagradas, es el Cuerpo al que deben referirse todas las cosas y el Huqúqu'lláh puede utilizarse para promover los intereses de la Causa a través del mundo Bahá'í únicamente con el permiso de la Autoridad de la Causa, a la que todos deben volverse.
27 de Octubre de 1963 a la A.E.N. de Irán. Traducido del persa
97. El pago del Huqúqu'lláh es una de las obligaciones espirituales esenciales que la maravillosa Pluma de Bahá'u'lláh ha establecido en el Libro Más Sagrado.
Sería preferible y más adecuado si esas dos cuentas, a saber, las contribuciones a los Fondos y los pagos del Huqúqu'lláh se mantuvieran separadas. Esto quiere decir que en primer lugar debe usted pagar su Huqúqu'lláh y luego puede ofrecer sus devotas contribuciones, a su propia discreción, al Fondo Internacional que está actualmente siendo usado para cumplir las metas del Plan de Nueve Años.
18 de Agosto de 1965. Traducido del persa98. Recientemente uno de los amigos hizo la siguiente pregunta: Si una persona ofreciera su propiedad, en todo o en parte, a los Fondos Bahá'ís, ¿qué responsabilidad seguiría teniendo en cuanto al pago del Huqúqu'lláh?
Esto es lo que se declaró en respuesta: El pago del Huqúqu'lláh es una de las obligaciones espirituales esenciales de la gente de Bahá, que ha sido revelada en el Libro Más Sagrado por la Pluma de Gloria. Por lo tanto, los amigos deberían separar la cuenta del Huqúqu'lláh de la de sus otras contribuciones. Primero deben cumplir sus obligaciones relativas al Huqúqu'lláh y después pueden hacer otras contribuciones a su propia discreción, puesto que la destinación de los fondos del Huqúqu'lláh está sujeta a la decisión de la Autoridad en la Causa a la que todos deben volverse, mientras que los propósitos a otros fondos pueden ser determinados por los donantes mismos.
22 de Agosto de 1966. Traducido del persa99. Indudablemente los amigos están iluminados con la luz del temor de Dios y son totalmente conscientes de la necesidad de purificar y proteger sus posesiones, de acuerdo con las decisivas Palabras reveladas por nuestro Señor, el Altísimo.
En estos días turbulentos, los que suspiramos por Él nos dirigimos fervientemente en oración hacia la corte del Señor de la humanidad para que bondadosamente permita a aquella augusta Asamblea recordar repetidamente a los amantes de la Belleza del Todo Misericordioso la vital importancia y el carácter obligatorio de este sagrado y celestial mandato. Mediante la publicación de anuncios, la distribución de folletos y en reuniones, escuelas y conferencias celebradas por los seguidores de nuestro Celoso Señor, deberían ser guiados y animados a observar estricta y concienzudamente aquello que Su divino mandato les ha ordenado, para que aquellos creyentes que están adornados con el temor de Dios puedan ser protegidos de las horrendas consecuencias anunciadas en sus siniestras advertencias, puedan convenirse en receptores de sus bendiciones garantizadas y se les permita participar de las efusiones de su infalible gracia espiritual.
12 de Septiembre de 1969. Traducido del persa100. Algunos de los queridos amigos que observan sus obligaciones del Huqúqu'lláh han escrito preguntando acerca de la relación que existe entre la contribución a los Fondos y pago del Huqúqu'lláh. Esto es, si una persona que tiene intención de cumplir con su obligación para con el Huqúqu'lláh ofrece contribuciones a otros fondos y proyectos en su lugar, ¿estará exento del pago del Huqúqu'lláh o no?
Los Textos Sagrados relativos a este tema son claros, pero puesto que ésta ha sido una pregunta repetidamente hecha por los amigos, se decidió elucidarla para su información.
El pago del Huqúqu'lláh es un deber espiritual obligatorio para la gente de Bahá. El precepto está establecido en el Libro Más Sagrado y en varias Tablas se han incorporado explicaciones claras y concluyentes.
Todo creyente devoto, capacitado para cumplir las condiciones especificadas, debe pagar el Huqúqu'lláh sin excepción. En realidad, de acuerdo con el Texto explícito del Libro Más Sagrado, la no observancia de este precepto se considera un abuso de confianza. El llamamiento divino: "Aquel que trate deshonestamente con Dios será en justicia descubierto" es una clara referencia a tales personas.
El Centro del Convenio ha afirmado la obligación del Huqúq en estas palabras: "El Señor, como una muestra de sus infinitas mercedes, ha favorecido bondadosamente a sus siervos estableciendo un ofrecimiento monetario fijo (Huqúq) a serle debidamente presentados a pesar de que El, el Verdadero, y sus siervos han sido en todo tiempo independientes de todas las cosas creadas".
Esta importante ordenanza, tal como testifica la Pluma de Gloria, está investida de incalculable beneficio y sabiduría. Purifica las posesiones de uno, previene pérdidas y desastres, conduce a la prosperidad y al honor e imparte crecimiento y bendiciones divinas. Es un sacrificio ofrecido a Dios y relaciona do con Él, y un acto de servidumbre que conduce a la promoción de su Causa. Tal como afirma el Centro del Convenio, los ofrecimientos del Huqúq constituyen una prueba para los amigos y hacen a los creyentes firmes y constantes en fe y certeza.
En resumen, el pago del Huqúqu'lláh es una de las responsabilidades espirituales obligatorias de los seguidores de Bahá'u'lláh y los ingresos del mismo revierten a la Autoridad de la Causa, a la que todos deben volverse. Además, la Antigua Belleza -magnificada sea su alabanza- ha afirmado que después del establecimiento de la Casa Universal de Justicia se pondrán en vigor las normas necesarias a este respecto, en conformidad con lo que Dios ha propuesto, y que nadie excepto la Autoridad a la que todos deben volverse tiene el derecho a disponer de este Fondo. En otras palabras, cualquiera sea la proporción de las riquezas propias debidas al Huqúq, corresponde al Centro Mundial de la Causa de Dios, no a los individuos interesados.
Así pues, los amigos deberían seguir su propio juicio y voluntad en la utilización de fondos destinados al Huqúqu'lláh para cualquier otro propósito, ni siquiera para contribuciones caritativas de la Fe.
Esperamos fervientemente que todos alcancen el privilegio de observar esta obligación sana y bendita, que aseguraría el logro de la felicidad verdadera y serviría para promover la ejecución de empresas Bahá'ís en todo el mundo.
Verdaderamente Dios es Autosuficiente por encima de la necesidad de sus criaturas.
25 de Octubre de 1970 a la A.E.N. de Irán. Traducido del persa
101. 'Abdu'l- Bahá en una de sus Tablas ha declarado:
"La destinación del Huqúq, en todo o en parte, está permitida, pero debería hacerse con el permiso de la autoridad en la Causa, a la que todos deben volver-se". La provisión hecha en su Voluntad y Testamento de que el Huqúqu'lláh "debe ofrecerse a través del Guardián de la Causa de Dios..." está claramente de acuerdo con este principio. En otra Tabla 'Abdu'l-Bahá se refirió a la Casa Universal de Justicia como "la autoridad a la que todos deben volverse" y está claro que, en ausencia del Guardián, esta es la institución suprema y central de la Causa. Además, antes de 'Abdu'l- Bahá, Bahá'u'lláh había revelado lo siguiente: "Hay una norma establecida para el Huqúqu'lláh. Una vez creada la Casa de Justicia la ley del mismo se hará manifiesta, en conformidad con la Voluntad de Dios". De acuerdo con estos textos explícitos está claramente dentro de la jurisdicción de la Casa Universal de Justicia decidir en materia del recibo y desembolso del Huqúqu'lláh en la actualidad.
2 de Mirza de 1972 a las Manos de la Causa residentes en Tierra Santa
102. El pago del Huqúqu'lláh no ha sido aplicado todavía al mundo occidental. Sin duda alguna será universal en el futuro, pero en la actualidad los creyentes de Occidente pueden satisfacer sus obligaciones materiales a la Causa mediante la contribución a los Fondos.
12 de Julio de 1972103. Nos sentimos profundamente conmovidos por su cariñosa carta del 27 de Diciembre de 1972 en la que expresa su deseo de cumplir la Ley del Huqúqu'lláh con respecto a la herencia recibida de su madre.
Aunque, como usted correctamente manifiesta, esta Ley no es de momento aplicable a los amigos de Occidente, cualquier amigo está libre de observarla si así lo desea.
Esta Ley del Aqdas estipula que el diecinueve por ciento del capital de uno es pagadero como Huqúqu'lláh cuando ese capital asciende a una cantidad mínima de "diecinueve mithqáles de oro..." Para determinar la cantidad que un creyente debe pagar, debe primero deducir cualquier deuda o gasto que pueda tener y pagar el diecinueve por ciento del restante de su capital, si este iguala por lo mínimo diecinueve mithqáles de oro.
Si usted decide que desea observar esta Ley del Aqdas en el momento presente, debe determinar el valor total de su herencia en efectivo y otros bienes, menos cualesquiera gastos o deudas que pueda usted tener, y considerar las circunstancias en las que puede pagar el Huqúqu'lláh sobre el valor neto de su herencia. El momento de las condiciones de pago se deja a la discreción de cada individuo.
Por ejemplo, si los bienes de una persona incluyen propiedades o acciones, además de dinero en efectivo, puede que considere una desventaja o inconveniente pagar el diecinueve por ciento del valor de bienes no efectivos hasta que no se vendan, momento en que preferiría satisfacer su obligación espiritual. Cualesquiera gastos en que se pueda incurrir en la venta de los bienes de uno deberían deducirse antes de calcular el valor neto sobre el que debe pagarse el Huqúqu'lláh.
21 de Enero de 1973104. ...El creyente devoto que tiene el privilegio de pagar "el Derecho de Dios", lejos de buscar excusas para evadir esta obligación espiritual, hará todo lo posible por cumplirla. Por otro lado, puesto que la obediencia a esta Ley es una cuestión de conciencia y el pago del Huqúqu'lláh es un acto voluntario, no sería apropiado ir más allá de informar a los amigos persas acerca de su obligación espiritual y dejarles que decidan lo que quieren hacer al respecto.
El mismo principio se aplica a aquellos amigos que derrochan dinero para sus familias, que compran o construyen viviendas y las equipan en exceso más allá de sus necesidades, y racionalizan sus gastos en su deseo de evitar el pago del Huqúqu'lláh. Igualmente, aquellos amigos que contraen matrimonio con no persas y residen en Europa u otros países no deberían ser presionados, sino que se debería informarles y dejarles libres para decidir por sí mismos.
26 de Febrero de 1973105. ...Muchos detalles en el cómputo del Huqúqu´lláh han sido dejados por Bahá'u'lláh al juicio y la conciencia del creyente. Por ejemplo, Él exime el mobiliario y enseres domésticos que son necesarios, pero deja a los individuos decidir qué artículos son necesarios y cuáles no. Las contribuciones a los fondos de la Fe no pueden considerarse parte del pago del Huqúqu'lláh; si uno está en deuda con el Huqúqu'lláh y no puede permitirse pagarlo y al mismo tiempo hacer contribuciones al Fondo, el pago del Huqúqu'lláh debe tener prioridad sobre las contribuciones. Pero en cuanto a si las contribuciones al Fondo pueden considerarse como gastos en el cálculo de la suma de bienes de una persona sobre la que debe pagarse el Huqúqu'lláh, esto se deja a la discreción de cada individuo en consideración de sus propias circunstancias.
La secretaria del Guardián escribió en su nombre que "un mithqál consiste en 19 nakhuds. El peso de veinticuatro nakhuds equivale a cuatro gramos y tres quintos. Los cálculos pueden hacerse sobre esta base". Diecinueve mithqáles, por lo tanto, equivalen a 69,191667 gramos. Una onza troy equivale a 31,103486 gramos, por lo tanto 19 mithqáles equivalen a 2,224563 onzas. Al precio actual de $339,10 por onza, 19 mithqáles de oro ascenderían a $ 754,35. Así pues, sobre unos ahorros de $754,35 se pagaría como Huqúqu'lláh una cantidad de $143,33 (el 19%).
16 de Septiembre de 1979106. Está claro según los Escritos que una persona está exenta de pagar Huqúqu'lláh sobre su residencia y aquellos enseres domésticos y equipo profesional que son necesarios. Se deja a la discreción del individuo decidir qué artículos son necesarios y cuáles no lo son. Es evidente que los amigos no deberían derrochar dinero en viviendas y mobiliarios y justificar esos gastos en su deseo de evadir el pago del Huqúqu'lláh. No se ha encontrado ningún texto específico que exima el capital empleado para obtener ingresos. La Casa Universal de Justicia deja estos asuntos a la conciencia de los creyentes.
9 de Abril de 1980107. La Casa de Justicia señala, además, que importantes como son las obligaciones sobre los creyentes de pagar el Huqúqu'lláh y contribuir a los fondos de la Fe, estas son obligaciones espirituales que deben ser satisfechas voluntariamente y bajo ninguna circunstancia puede exigirse o demandarse a los creyentes contribuciones a ninguno de estos fondos, ni siquiera al Huqúqu'lláh. Los llamamientos y exhortaciones deben hacerse siempre a la generalidad de los amigos, no a los individuos.
7 de Mayo de 1980108. Aquella persona que, apartando sus gastos anuales, posee un excedente que equivalga como mínimo a diecinueve mithqáles de otro está obligada al pago del Huqúqu'lláh.
20 de Octubre de 1981. Traducido del persa109. En cuanto a la segunda cuestión que usted suscita preguntando si, cuando hay perfecto entendimiento entre marido y mujer y ella está autorizada a administrar la propiedad de su marido así como la suya propia, podría ella pagar la cantidad de Huqúqu'lláh aplicable a todas sus posesiones, o bien, puesto que el marido es dueño de una parte de las propiedades, debería ella pagar solamente la cantidad de Huqúqu'lláh sobre su propia parte de la propiedad.
Al contestar a esta pregunta uno debería recordar que el Huqúqu'lláh debe pagarse sobre posesiones que se reconocen como incontestablemente personales y no sobre propiedades que uno meramente controla o utiliza. Sin embargo, en casos similares al que usted ha mencionado arriba, incumbe al marido y la mujer consultar conjuntamente y definir precisamente los límites de sus pertenencias personales y después deberían, ya sea conjunta o separadamente, entregar al Huqúq la cantidad que consideran que es su obligación.
En cuanto a la Sra..., puesto que su esposo es americano y la Ley del Huqúqu'lláh no se aplica de momento a los amigos occidentales, el pago del Huqúqu'lláh por parte del marido no es obligatorio, ni tampoco está prohibido.
10 de Enero de 1982. Traducido del persa110. La Casa Universal de Justicia ha recibido su carta del 10 del Septiembre de 1982 preguntando acerca de la responsabilidad de un matrimonio Bahá'í de pagar el Huqúqu'lláh cuando un cónyuge es americano y el otro persa, y se nos ha instruído facilitarle la siguiente clarificación:
1.-En su carta el cálculo del Huqúqu'lláh se basa sobre los ingresos de uno. Sin embargo, como observará del estudio de los textos, el cómputo se hace sobre el valor neto de las posesiones de una persona, después de deducir una serie de artículos eximidos tales como la residencia y el mobiliario necesario, y sobre los subsecuentes incrementos anuales a esta propiedad neta resultantes de un ingreso excedente previo pago de los gastos necesarios. Además, se calcula en unidades de propiedad equivalentes en valor a 19 mithqáles de oro (2,22456 onzas troy).
2.- No se puede establecer una norma rígida para las propiedades compartidas por un matrimonio y sobre las que debe pagarse el Huqúqu'lláh en los casos en que un cónyuge es occidental y el otro persa. Esto depende de la forma en que el marido y la mujer mismos consideren la propiedad de los bienes de la familia. Por lo tanto es básicamente una cuestión de consulta entre marido y mujer y, tal como se ha manifestado anteriormente, Bahá'u'lláh ha dejado muchos de los detalles del cómputo, del Huqúqu'lláh al juicio de los mismos creyentes.
11 de Octubre de 1982111. En cuanto a la cuestión suscitada por el Sr..., tengan la bondad de informarle que en una carta a un creyente el amado Guardián explicó que el Huqúqu'lláh debe pagarse sólo una vez sobre un bien dado, ya sea personal o real, pero si esta propiedad pasa de una persona a otra, como por ejemplo, a través de una herencia, vuelve a estar sujeta al pago del Huqúqu'lláh. Esto significa en efecto que los herederos que reciben una parte de su herencia de una propiedad deben pagar el Huqúqu'lláh, siempre que la porción que reciben incremente sus posesiones al punto de hacer aplicable el cumplimiento de esta sagrada obligación.
1 de Junio de 1983 a la A.E.N. de los Estados Unidos
112. En cuanto a su pregunta referente a la residencia principal y las normas secundarias relativas a la misma, deseamos informarle que actualmente no consideramos aconsejable poner en vigor normativas detalladas para el Huqúqu'lláh. Así, los amigos están libres y, siempre que no existan normas definidas, pueden realizar en cada caso aquello que entiendan de los textos y honrar sus obligaciones respecto al Huqúqu´lláh según su propio juicio y los dictados de su propia conciencia.
4 de Mirza de 1984. Traducido del persa1 Conocido como Jináb-i-Amín, Fideicomisario del Huqúq en los tiempos de Bahá'u'lláh.
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