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Mensajes : 31-05-1988 Elegibilidad de las Mujeres en la casa universal de justicia
T R A D U C C I O N
(de cortesia)
31 de mayo de 1988
La Asamblea Espiritual Nacional
de los Bahá'ís de Nueva Zelanda
Queridos amigos baha'is:

Hemos tenido noticia de una ponencia presentada en una conferencia de

Estudios Bahá'ís celebrada recientemente en Nueva Zelanda en la que se plantea

la posibilidad de que la elegibilidad de las mujeres como miembros de la Casa

Universal de Justicia sea una medida temporal sujeta a cambio mediante un

proceso de despliegue progresivo del proposito divino. A continuacion

presentamos las siguientes consideraciones para mayor conocimiento de los

amigos sobre la disposicion del Orden de Bahá'u'lláh en virtud de la cual se

estipula que la pertenencia a la Casa Universal de Justicia esta limitada a los

hombres.

El sistema de la Administracion baha'i esta tal como establecen los Escritos de

Bahá'u'lláh y Abdu'l-Bahá. Un rasgo singular de este sistema es el

nombramiento de interpretes autorizados, en las personas de 'Abdu'l-Bahá y el

Guardian, encargados de proporcionar declaraciones autorizadas sobre el

significado de la Revelacion de Bahá'u'lláh. Shoghi Effendi declaraba en que 'Abdu'l-Bahá y el Guardian . En relacion

con su propia funcion de interprete, declaro ademas que . El sentido de esta importante disposicion es que la religion

de Dios quede resguardada y protegida contra el cisma y su unidad esencial

preservada.

La funcion de los interpretes divinamente designados se evidencia en la

progresiva divulgacion y clarificacion de los detalles de las ensenanzas

baha'is relativas a la pertenencia a la Casa Universal de Justicia. En Sus

Escritos Bahá'u'lláh ordeno la creacion de la Casa Universal de Justicia y

tambien las Casas Locales de Justicia. Sin embargo, en muchas de Sus leyes se

refiere simplemente a y a sus miembros como , dejando abierta para mas tarde la clarificacion acerca del nivel

o niveles de la institucion entera a la que se aplicaria cada ley. 'Abdu'l-

Baha, el Centro de la Alianza de Bahá'u'lláh e Interprete infalible de Su

Palabra, no solo dispuso lo necesario para el establecimiento de Asambleas

Espirituales Nacionales, a las que en un futuro se habrian de designar Casas

Secundarias de Justicia, sino que bosquejo los medios por los que habia de

elegirse la Casa Universal de Justicia. En Su Testamento escribio el Maestro:

La Asamblea Nacional de Nueva Zelanda 31 de mayo de 1988

pagina 2

Y ahora, en lo referente a la Casa de Justicia que Dios ha dispuesto

como fuente de todo bien y exonerado de todo error, debe ser elegida por

sufragio universal, esto es, por los creyentes. [...] Por esta Casa se

quiere significar la Casa Universal de Justicia. En otras palabras, en

todos los paises debe instituirse una Casa de Justicia secundaria, y

estas Casas de Justicia secundarias deben elegir a los miembros de la

Casa Universal. [...]

Y en una de Sus Tablas habia escrito con anterioridad:

En cualquier tiempo en que el conjunto de los amados de Dios de cada

pais nombran a sus delegados, y estos a su vez eligen a sus

representantes, y estos representantes eligen un cuerpo, ese cuerpo sera

considerado la Casa Suprema de Justicia.

En el siguiente pasaje, 'Abdu'l-Bahá Se refirio al hecho de que la

pertenencia a la estaba restringida a los hombres, sin

especificar la designacion del nivel o niveles al que se aplicaba dicha

disposicion:

La Casa de Justicia, sin embargo, de acuerdo con el texto explicito

de la Ley de Dios, esta reservada a los hombres; ello se debe a una

sabiduria del Senor Dios, la cual se manifestara en breve tan clara como

el sol del mediodia.
( [rev. ed.],
(Haifa: Bahá'í World Centre, 1982), p. 80)

Mas adelante el Maestro aclaro que solo la Casa Universal de Justicia estaba

limitada a los hombres. 'Abdu'l-Bahá escribio:

De acuerdo con las disposiciones de la Fe de Dios, las mujeres son

iguales a los hombres en todos los derechos salvo unicamente el de

pertenencia a la Casa Universal de Justicia, pues tal como se ha

declarado en el texto del Libro, tanto la cabeza como los miembros de la

Casa de Justicia son hombres. Sin embargo, en todos los demas cuerpos,

tales como el Comite de Construccion del Templo, el Comite de Ensenanza,

la Asamblea Espiritual, y en las asociaciones beneficas y cientificas,

las mujeres comparten todos los derechos por igual con los hombres.

(de una Tabla traducida recientemente)

Shoghi Effendi, en una carta dirigida en su nombre a un creyente, proporciono

la siguiente aclaracion de autoridad sobre este tema:

En cuanto a su pregunta relacionada con la pertenencia a la Casa

Universal de Justicia: hay una Tabla de 'Abdu'l-Bahá en la que

definitivamente declara que la pertenencia a la Casa Universal esta

limitada a los hombres, y que la sabiduria de ello se revelara y

apreciara plenamente en el futuro. Las mujeres, sin embargo, tienen

pleno derecho a ser miembros de las Casas de Justicia locales y

nacionales. Por lo tanto, es solo en el nivel de la Casa Internacional

de Justicia en el que no son elegibles. [...]
(28 de julio de 1936)

'Abdu'l-Bahá mismo, deberia apreciarse, como de ello dan fe los pasajes

citados mas arriba procedentes de Sus Tablas, afirmo que el hecho de que las

mujeres no fueran elegibles para la Casa Universal de Justicia ha quedado

establecido y . En otras palabras, esta disposicion fue

establecida nada menos que por el propio Bahá'u'lláh.

Ademas, en respuesta a algunas preguntas planteadas sobre la elegibilidad

de los miembros y el procedimiento de eleccion de la Casa Universal de

Justicia, la secretaria del Guardian, escribiendo en su nombre, distinguia

entre aquellas cuestiones a las que podia responderse mediante referencia al

Texto y aquellas a las que no. La pertenencia a la

Casa Universal de Justicia encaja en la primera de estas categorias. La carta

afirmaba:

La condicion de miembro de la Casa Universal de Justicia esta

limitada a los hombres. Fijar el numero de miembros, el procedimiento de

eleccion y la duracion del periodo de pertenencia son cosas que se

conoceran mas adelante, puesto que no son cuestiones explicitamente

reveladas en el Texto Sagrado.
(27 de mayo de 1940)

De ahi que 'Abdu'l-Bahá y el Guardian hayan revelado progresivamente, de

acuerdo con la inspiracion divina, el significado e implicaciones de las

ensenanzas seminales de Bahá'u'lláh. Sus interpretaciones son declaraciones

fundamentales de la verdad que no admiten variarse mediante la legislacion de

la Casa Universal de Justicia.

La clarificacion progresiva de los detalles de las leyes relativas a la

condicion de miembros de las Casas de Justicia se ha visto acompanada por una

puesta en practica gradual de sus disposiciones. Por ejemplo, sobre la base de

los Textos a la sazon disponibles entre los creyentes, la condicion de miembro

de las Casas Locales de Justicia estuvo inicialmente reservada a los hombres.

Cuando el Maestro comenzo a explayarse sobre las diferencias entre los niveles

de esta Institucion aclaro que la exclusion de las mujeres se referia

unicamente a la Casa Universal de Justicia. Posteriormente, las mujeres

resultaron elegibles para servir como miembros de las Asambleas Espirituales

Locales y Nacionales. Las mujeres de Occidente, quienes ya disfrutaban de las

ventajas de la educacion y de la oportunidad de participar en la sociedad,

pudieron ejercer esta forma de servicio mucho antes que, por ejemplo, sus

hermanas baha'is de Iran, a quienes se concedio este derecho solo en 1954,

. Es importante apreciar que el momento en que

se introdujeron las disposiciones requeridas mediante las interpretaciones de

'Abdu'l-Bahá y el Guardian relativas a las Asambleas Espirituales Locales y

Nacionales, antes que constituir la respuesta a algunas condiciones o presiones

externas, estuvo dictado por el principio de progresiva puesta en practica de

las leyes, tal como el propio Bahá'u'lláh establecia. A proposito de la puesta

en practica de las leyes, Bahá'u'lláh escribia en una de Sus Tablas:

En verdad las leyes de Dios son como el oceano, y los hijos de los

hombres son como peces, ojala que lo supieran. Empero, al observarlas se

debe proceder con tacto y sabiduria. [...] Hay que guiar a la humanidad

al oceano del verdadero entendimiento con una actitud de amor y

tolerancia.

Tal como se mencionaba antes, la ley relativa a la pertenencia a la Casa

Universal de Justicia esta dentro del Texto y ha sido meramente reafirmada por

los interpretes divinamente designados. Por tanto, no es susceptible de

alterarse ni esta sujeta a especulaciones sobre posibles condiciones futuras.

La Asamblea Nacional de Nueva Zelanda 31 de mayo de 1988

pagina 4

En cuanto a la condicion de la mujer, el punto importante que deberian

recordar los baha'is es que a la luz de los pronunciamientos categoricos de las

Escrituras baha'is que establecen la igualdad del hombre y la mujer, la

inelegibilidad de la mujer como miembro de la Casa Universal de Justicia no

constituye evidencia de la superioridad del hombre sobre la mujer. Debe ademas

recordarse que las mujeres no estan excluidas de ninguna otra institucion

internacional de la Fe. Se las encuentra en las filas de las Manos de la

Causa. Sirven como miembros del Centro Internacional de Ensenanza y como

Consejeras Continentales. Y no hay nada en el Texto que impida la

participacion de las mujeres en futuros puestos internacionales tales como el

Tribunal Supremo.

Aunque en la epoca actual resulta dificil para los creyentes apreciar la

razon de que se circunscriba la pertenencia a la Casa Universal de Justicia a

los hombres, emplazamos a los amigos a que se sientan afianzados por la promesa

del Maestro de que a su debido tiempo se hara la claridad de entendimiento.

Los amigos, tanto hombres como mujeres, deben aceptarlo con fe en que la

Alianza de Bahá'u'lláh les ayudara a ellos y a las instituciones de Su Orden

Mundial a presenciar el cumplimiento de cada principio dispuesto por Su Pluma

infalible, incluyendo la igualdad del hombre y la mujer, tal como lo exponen

los Escritos de la Causa.
Con carinosos saludos baha'is,
[Firmado por] La Casa Universal de
Justicia

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